Tampoco
tiene sentido vincular la altura de la primera planta con el vuelo según se
pretende, ya que el punto de medición es el de la propia línea medianera entre
las dos parcelas, que sería el centro aproximado de las dos fechadas pareadas
unidas.
Apartado H): De contenido puramente declarativo."
Invitamos al Arquitecto Urbanista a que vea nuestro artículo
"Se incumple el retranqueo frontal", de fecha 10 de abril de
2012.
Como ya se dijo en dicho artículo, se ha utilizado la
figura de "cuerpo volado" para volar todo el edificio, y esto es lo que el Arquitecto
Urbanista está justificando en su informe.
Pero si el Arquitecto Urbanista sabe que "los aleros quedan
incluidos en la definición de cuerpos volados a efectos de determinación del
vuelo máximo de los mismos", ¿por
que no ha apreciado que éste sobresale y, por tanto, incumple la ordenanza?
Pero hay más sobre retranqueos. Al Arquitecto Urbanista hay que recordarle que tambien
existen los retranqueos laterales. Invitamos al
Arquitecto Urbanista a que vea nuestro artículo "Se incumple el
retranqueo lateral", de fecha 6 de abril de 2012.
¿Tampoco ha apreciado aquí incumplimiento el Arquitecto
Urbanista?
¿Habrá que tener una formación urbanística muy sólida para poder decir que son otros los que hacen "una interpretación torcida de las ordenanzas"?
Otras cuestiones relevantes que el Arquitecto Urbanista no contempla en su informe:
- ¿Por que no menciona nada sobre la existencia de edificaciones no declaradas, a pesar de lo cual se concedió la licencia? Invitamos al Arquitecto Urbanista a que vea nuestro artículo "Edificaciones "desaparecidas" en la parcela", de fecha 24 de febrero de 2012.
- ¿Por que no hace una valoración de la llamada "Planta Primera"? Invitamos al Arquitecto Urbanista a que vea nuestro artículo "¿Que es la llamada Planta Primera?", de fecha 24 de marzo de 2012.
El título de nuestro próximo artículo: "El informe del Arquitecto Urbanista (conclusiones)"
(Continuará...)
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