domingo, 6 de mayo de 2012

Opiniones poco técnicas en los informes de un técnico (II)

En el informe del Arquitecto Municipal, de fecha 10 de octubre de 2011, se dice:


“En el apartado D) (se ha olvidado el C) Sobre las afirmaciones de falsedad o de falta de rigor en el informe realizado no deja de ser absolutamente gratuito e insultante. Nuestra función no es interpretar, sino comprobar la adecuación de las soluciones formales con la normativa aplicable. ¿Donde se basa para descalificar de esta manera y utilizar términos como falso o falta de rigor? No se justifica esta afirmación con ningún dato técnico. Por el contrario si se demuestra falsedad o falta de rigor al no poder demostrar lo manifestado, creando una vez más la confusión que es lo único que se pretende en este recurso.”

Al referirse al término falso, el Arquitecto Municipal lo hace en alusión a esta frase que se incluye en el Recurso de Reposición: “Es falso lo que se afirma en el escrito de contestación cuando se dice: “En este caso el sótano se retranquea 3 metros del lindero lateral”

Se dijo así porque la afirmación es falsa, y sigue siendo FALSA. Los datos técnicos que busca el Arquitecto Municipal los encontrará en el propio proyecto de ejecución (que él mismo ha informado favorablemente) y en las fotografías que nosotros hemos aportado. 

A este respecto, recomendamos al Arquitecto Municipal la lectura de nuestro artículo "Se incumple el retranqueo lateral" de fecha 6 de abril de 2012.

El Arquitecto Municipal también hace referencia a la expresión falta de rigor. En el apartado que cita del Recurso de Reposición, se alude a “la falta de rigor apreciada en el estudio del proyecto objeto de licencia”, refiriéndonos a lo que explicamos a continuación.

El proyecto presentado por el promotor no incluía la existencia de 4 edificaciones en la parcela y, sin embargo, el Arquitecto Municipal informó favorablemente dicho proyecto para la obtención de la licencia. Se trataba de edificaciones de volumen significativo, todas ellas visibles desde el exterior de la parcela. ¿Es que los servicios municipales no disponen de medios para saber que existían estas construcciones, lo cual es necesario conocer para el estudio de un proyecto?

A este respecto, recomendamos al Arquitecto Municipal la lectura de nuestro artículo titulado “Edificaciones desaparecidas en la parcela”, de fecha 24 de febrero de 2012.

La identificación posterior de dichas edificaciones y la realización de “obras ilegales” sobre dos de ellas, dio lugar a la apertura de un “expediente para proteger la legalidad urbanística” y a la resolución de “que se tomen las medidas oportunas para restituir la legalidad urbanística”

De esto último hablaremos próximamente en nuevos artículos. Pero ya podemos hacer algunas preguntas al Arquitecto Municipal: 
  • ¿Por qué informó favorablemente el proyecto que no incluía todas las edificaciones existentes en la parcela? 
  • Denunciadas las obras ilegales que se estaban realizando sobre dos de estas edificaciones, ¿por qué sólo recoge en el Acta de Inspección una de estas obras y omite la otra?
  • ¿Por qué realiza, en un informe al respecto, afirmaciones que contradicen lo contenido en la documentación oficial que consta en los expedientes?
Sr. Arquitecto Municipal: ¿A quien puede crear confusión lo que aquí se dice? 


(Continuará...) 



















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