viernes, 17 de febrero de 2012

Tramitación del expediente administrativo (IV)

Solicitud de recusación contra dos funcionarios, contra el Arquitecto Municipal y contra el Arquitecto Técnico Municipal que prestan sus servicios en el departamento de licencias.

El pasado día 16 de agosto de 2011 se presentó un escrito, dirigido al Alcalde, solicitando la recusación de estos dos funcionarios, para que se abstuvieran de toda intervención en el expediente que nos ocupa.

Las causas motivadoras dicha solicitud se trascriben a continuación:

·  Con fecha 6 de julio de 2011 he presentado en la Comisaría de Policía de Guadalajara una denuncia por presunto delito de amenazas y/o coacciones en documento escrito; en la denuncia quedan identificados estos funcionarios como los autores de dicho escrito. Copia de esta denuncia fue entregada al Sr. Alcalde el pasado día 11 de agosto de 2011 en su despacho municipal.

·  Enemistad manifiesta, como se desprende del texto donde aparecen los hechos denunciados, y evidencia de que no se guarda la obligada imparcialidad que debe presidir la labor de aquellos que ejercen la función pública.

·  El pasado mes de mayo fue abierto de oficio un expediente en mi contra por cometer presuntas irregularidades urbanísticas, realizando el informe de la correspondiente denuncia el Arquitecto Técnico Municipal, XXXX XXXX XXXXXX XXXXX.
Tras justificar, por mi parte, la falta de fundamento y la improcedencia de dicha denuncia, pudo interpretarse que la verdadera intencionalidad de dicho acto fue la de causarme miedo y, en consecuencia, conseguir que abandonara mi derecho a solicitar la anulación de la licencia concedida, de la que digo que contiene graves vulneraciones a la ordenanza municipal aplicable.
El informe favorable para la concesión de la licencia que nos ocupa fue redactado y firmado por el Arquitecto Municipal, XXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX.
Además de la relación laboral propia del trabajo desarrollado dentro del mismo servicio municipal, ambos técnicos mantienen intereses comunes en el exterior, como se conoce públicamente, coparticipando en el accionariado de sociedades y compartiendo instalaciones para el desarrollo de sus profesiones y negocios, lo que puede explicarla existencia de una presunta connivencia.

La resolución dictada por el Alcalde fue la desestimar la recusación presentada "puesto que no se acredita que la actuación de los recusados vulnere la objetividad o neutralidad exigible, predeterminando la conclusión final del procedimiento"

(Continuará...)

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