OTRO HECHO DENUNCIADO:
En el
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 34/12 que se sigue en el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo Nº 1 de Guadalajara se encuentra denunciada la
siguiente irregularidad urbanística:
·
El
edificio incumple el ‘Retranqueo Frontal’ regulado en la Ordenanza 0.6.
·
Se
denuncia el hecho
de que han quedado “voladas” todas las plantas del edificio, incluida la planta
baja, extremo que no se encuentra contemplado en la regulación de los
cuerpos volados cerrados en el vigente Plan de Ordenación Municipal.
· Se denuncia que el alero del edificio sobrepasa
la línea máxima de fachada o de “vuelo”, siendo que el vigente art. 75.6.
establece que “Los aleros quedan incluidos en la definición de cuerpos
volados a efectos de determinación del vuelo máximo de los mismos”
SOLUCIÓN A ESTE PROBLEMA:
En la
propuesta de MODIFICACIÓN del P.O.M., aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento, hay varios cambios.
Ahora, el
Artículo 74. 6. dirá: “Igualmente se consideran cuerpos salientes
cerrados los volúmenes de edificación cerrados que vuelen sobre la fachada del
edificio”.
Ahora, el Artículo 81. 1. dirá que “son
cuerpos salientes cerrados” los
“los
volúmenes de edificación cerrados que vuelen sobre la fachada del edificio”
Así
se quiere “arreglar” lo denunciado en el primer punto.
Ahora, el Artículo 74. 6. dirá que “los
aleros” son “cuerpos salientes constructivos”, ya no son
cuerpos volados.
Ahora, el Artículo 81. 1., en el apartado
de “cuerpos salientes”, dirá: “Dentro de este apartado se
encuentran los aleros”
Así
se quiere “arreglar” lo denunciado en el segundo punto.
(Continuará...)