miércoles, 19 de diciembre de 2012

Un incumplimiento, RECONOCIDO

Informes recientes del Arquitecto Municipal y del Arquitecto Técnico Municipal reconocen que el cerramiento frontal de la parcela contraviene el art. 83 del P.O.M. y que, por tanto, el propietario debe ser requerido para que proceda a la restitución del cerramiento a su estado primitivo. 


Este asunto se encontraba denunciado desde el pasado 25 de mayo de 2012. (Ver nuestro artículo "El cerramiento de parcela" de fecha 24 de mayo de 2012)

La cuestión que se plantea ahora es que se ha abierto un expediente por presuntas irregularidades urbanísticas cometidas por el propietario al haber realizado estas obras sin licencia.

Y resulta que el Ayuntamiento, el 3 de abril de 2012, concedió licencia para el "Proyecto de legalización de ampliación de vivienda unifamiliar" en el que se había incluido (aunque fuera "de tapadillo") la modificación del cerramiento.

Hay que decir tambien, que dicho proyecto había sido informado favorablemente por el Arquitecto Municipal para el otorgamiento de esa licencia.

Pero una cosa ha quedado muy clara: EL CERRAMIENTO ES ILEGAL.


Otra consecuencia de lo anterior es que aquella licencia debe ser anulada porque autoriza obras que infringen el ordenamiento jurídico.

¡BONITA MANERA DE TRABAJAR!



(Continuará...)

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