miércoles, 30 de octubre de 2013

AHORA CORREMOS, PERO MAL.

La queja formulada a El Defensor del Pueblo el pasado 23 de septiembre hace que algunos corran ahora. ¡Cómo son los políticos!

El Concejal Delegado de Urbanismo ha corrido para resolver el “Recurso de las Antenas”, pero lo ha hecho a su manera.

Antecedentes:

La Junta de Gobierno Local había decretado abrir un expediente de infracción urbanística en base al informe y a la propuesta elaborada por la Técnico de Licencias y Disciplina Urbanística. Se trataba de un informe de carácter jurídico elaborado por quien tiene que realizar este trabajo.

Después, en base a un informe posterior redactado por el Arquitecto Técnico Municipal, el Concejal Delegado de Urbanismo resolvió este asunto en contra de lo decretado con anterioridad. Ello a pesar de los pronunciamientos jurídicos erróneos que contiene dicho informe; eso es porque un aparejador debe estar para otras cosas.

(Dimos a conocer ese informe "tan gracioso" en nuestro artículo "UN RATO PARA EL HUMOR",  de fecha 11 de junio de 2013)

Solución:

El Concejal Delegado de Urbanismo no ha necesitado más informes. Le sigue sirviendo aquel del aparejador. No hay informe de un técnico jurídico para su dictamen. Pero hace una aportación personal muy especial, sin duda, fruto de una brillante claridad intelectual, (nos vuelve a recordar aquello de la parte contratante de la primera parte...?) Así dice:

no se sostiene la afirmación de que la ampliación realizada se trata de una “obra nueva” y por tanto de un “edificio nuevo” puesto que no es un edificio nuevo sino una obra de ampliación sobre un edificio existente, por lo que el que se trate de una “obra nueva” no quiere decir que el edificio sobre el que se realiza la ampliación sea un edificio nuevo, sino que es un edificio antiguo, ya consolidado, donde simplemente se ha realizado una obra de ampliación

Para ilustrar:

El art. 23 del P.O.M. dice: Obras de Ampliación “son las que tienen por objeto incrementar el volumen construido o la ocupación en planta de las edificaciones existentes”. Y también dice que estas Obras de Ampliación son Obras de nueva edificación.

Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española. Definiciones:
Edificio: Construcción fija, hecha con materiales resistentes, para habitación humana o para otros usos.

Edificación: Acción y efecto de edificar (Hacer un edificio). Edificio o conjunto de edificios.

LA VERDAD NO NECESITA EXPLICACIONES EXTRAVAGANTES.


(Continuará...)



No hay comentarios:

Publicar un comentario