martes, 28 de febrero de 2012

Escrito de Queja

Formulado un ESCRITO DE QUEJA por la actuación inspectora llevada a cabo por el Arquitecto Municipal, actuación reflejada en el Acta de Inspección redactada y firmada por este funcionario. 


El pasado día 7 de noviembre se presentó un escrito al Ayuntamiento en el que se dice que en la parcela que nos ocupa se estaban realizando obras no recogidas en el proyecto para el que se concedió la licencia de "Ampliación de vivienda unifamiliar", y que estas obras afectan a edificaciones sujetas al régimen de fuera de ordenación, calificadas así por el propio Ayuntamiento. Junto al escrito se aportaron fotografías en las que se observan las obras en realización sobre dos de estas edificaciones.

Unos días después (el 11 de noviembre de 2011), aprovechando que se había recibido una comunicación del Ayuntamiento en la que quedan descritas las cuatro edificaciones sujetas al régimen de fuera de ordenación, se presentó un nuevo escrito identificando las dos construcciones sobre las que se estaba actuando. Para una inequívoca identificación, se utilizaron las mismas descripciones que el Ayuntamiento había hecho de cada una de ellas. Además, se aportaron nuevas fotografías con las obras en curso.

Con motivo de los escritos anteriores, el Arquitecto Municipal realizó una visita de inspección y levantó el Acta de Inspección correspondiente.

Solicitada al Ayuntamiento copia del Acta, se observa que en la misma sólo han quedado recogidas las obras que afectan a una de las dos edificicaciones, omitiendo cualquier pronunciamiento acerca de la otra


En concreto, no se citan las obras que se estaban realizando sobre una edificación que, como ya se dijo oficialmente, no cumple el retranqueo obligatorio. Habiendo hecho obra, esta edificación debe ser demolida o legalizada; si se legaliza, perderá una parte muy importante de su superficie para que el retranqueo quede respetado.

Con motivo de todo ello, el pasado día 2 de enero fue presentado un ESCRITO DE QUEJA por la actuación inspectora llevada a cabo por el Arquitecto Municipal, solicitando que sean exigidas las responsabilidades que pudieran dar lugar estos hechos.


(Continuará...)

viernes, 24 de febrero de 2012

Edificaciones "desaparecidas" en la parcela.

En el proyecto presentado para la obtención de la licencia se ocultan edificaciones que existen construidas en la parcela. El Arquitecto Municipal informó favorablemente dicho proyecto dando por buena la documentación presentada. 
Han resultado ser 4 las edificaciones que no estaban declaradas.


En el escrito de 31 de marzo de 2011, mediante el cual se solicita la anulación de la licencia concedida, se aporta una fotografía en la que aparecen edificaciones no declaradas por la propiedad. Se dice que debería haberse procedido a su legalización con anteriroridad a la concesión de la licencia, y que no se han tenido en cuenta para el cómputo de la edificabilidad y la ocupación en parcela.

Es fácil creer que los servicios municipales disponen de medios suficientes para conocer las edificaciones existentes dentro de una parcela situada en el centro de la ciudad. El propio Ayuntamiento ha dicho, después, que ha utilizado fotografías de Google Earth para estimar la antigüedad de las edificaciones denunciadas; cualquiera podría pensar que este medio podía haber sido utilizado también con anterioridad.  

Según informa el Ayuntamiento, es el día 20 de junio de 2011 cuando, por parte del promotor, "se presenta documentación con las edificaciones existentes, no presentadas en la documentación original".  

La Junta de Gobierno Local, en acuerdo adoptado el 5 de julio de 2011, resolvió que las obras que se realizaron en la parcela sin licencia urbanística quedan sujetas al régimen de fuera de ordenación. (*)

No obstante, hubo que solicitar por escrito al Ayuntamiento que definiera cuáles eran estas edificaciones.

La Junta de Gobierno Local, en acuerdo adoptado el 24 de octubre de 2011, dejó reflejada la identificación de las mismas. 

(*) Pasado el plazo de cuatro años desde su construcción, la Adminsitración no puede acordar la demolición de lo realizado ilegalmente. Pero el régimen de fuera de ordenación sólo permite, sobre esas edificaciones, la realización pequeñas obras de reparación y mantenimiento, previa obtención de la preceptiva licencia municipal, o aquellas destinadas expresamente a subsanar la situación de fuera de ordenación.


(Continuará...)

martes, 21 de febrero de 2012

¿Se amplía la vivienda o se están haciendo dos casas?

Así comenzó todo...



En el mes de noviembre de 2011 la propiedad de la parcela presentó un proyecto para “la construcción de una nueva vivienda adosada a la actual”.

Meses antes, este vecino me había comentado, personalmente, su intención de construir para convertir la vivienda actual en dos casas, para que cada uno de sus dos hijos tuviera allí su propia casa.

La licencia de obras para dicho proyecto fue denegada por el Ayuntamiento en base a que solo cabe una unidad de vivienda por parcela, lo que fue comunicado en escrito de fecha 14/12/2010.

Después de ello, el proyecto fue presentado de nuevo. Esta vez como “Ampliación de vivienda unifamiliar”

De esta manera, y contando con el informe favorable del Arquitecto Municipal, la licencia fue concedida.

En el primer escrito donde se solicita la anulación de esta licencia, también se decía que ambos proyectos son esencialmente iguales. Ello es debido a que es difícil encontrar diferencias esenciales entre ellos; principalmente, detalles como sustituir la denominación “cocina” por “cuarto de plancha” (con las mismas instalaciones -en el momento actual de las obras ya se aprecia desde el exterior que, realmente, se trata de una cocina-), sustituir “dormitorio 1” por “dormitorio 5”, “dormitorio 2” por “dormitorio 6” y otras cosas similares.

Esta circunstancia fue abordada en la resolución adoptada por la Junta de Gobierno Local, de fecha 5 de julio de 2011, dictando lo siguiente: “Si se observa la documentación reformada presentada, no sólo cambia el destino de las piezas sino que en función del requerido efectuado introduce nuevos elementos, como la comunicación en planta superior con la actual vivienda que completa el programa de ampliación. Se modifica el sistema de calefacción ejecutándose conjuntamente con la vivienda existente”

Sin embargo, se ha dejado constancia de que sigue llamando la atención el hecho de que dos proyectos, esencialmente iguales, valgan lo mismo para levantar una vivienda al lado de otra, que para la ampliación de esta última. Que también es casualidad que al promotor le sirvan ambas soluciones de igual manera.





(Continuará...)




domingo, 19 de febrero de 2012

Antes y después

Se exponen estas tres animaciones para que se vea el antes y el después de la obra del vecino.

¿Es un exceso?. ¿Cumple la legalidad?



(Continuará...)

viernes, 17 de febrero de 2012

Tramitación del expediente administrativo (IV)

Solicitud de recusación contra dos funcionarios, contra el Arquitecto Municipal y contra el Arquitecto Técnico Municipal que prestan sus servicios en el departamento de licencias.

El pasado día 16 de agosto de 2011 se presentó un escrito, dirigido al Alcalde, solicitando la recusación de estos dos funcionarios, para que se abstuvieran de toda intervención en el expediente que nos ocupa.

Las causas motivadoras dicha solicitud se trascriben a continuación:

·  Con fecha 6 de julio de 2011 he presentado en la Comisaría de Policía de Guadalajara una denuncia por presunto delito de amenazas y/o coacciones en documento escrito; en la denuncia quedan identificados estos funcionarios como los autores de dicho escrito. Copia de esta denuncia fue entregada al Sr. Alcalde el pasado día 11 de agosto de 2011 en su despacho municipal.

·  Enemistad manifiesta, como se desprende del texto donde aparecen los hechos denunciados, y evidencia de que no se guarda la obligada imparcialidad que debe presidir la labor de aquellos que ejercen la función pública.

·  El pasado mes de mayo fue abierto de oficio un expediente en mi contra por cometer presuntas irregularidades urbanísticas, realizando el informe de la correspondiente denuncia el Arquitecto Técnico Municipal, XXXX XXXX XXXXXX XXXXX.
Tras justificar, por mi parte, la falta de fundamento y la improcedencia de dicha denuncia, pudo interpretarse que la verdadera intencionalidad de dicho acto fue la de causarme miedo y, en consecuencia, conseguir que abandonara mi derecho a solicitar la anulación de la licencia concedida, de la que digo que contiene graves vulneraciones a la ordenanza municipal aplicable.
El informe favorable para la concesión de la licencia que nos ocupa fue redactado y firmado por el Arquitecto Municipal, XXXX XXXXXXX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX.
Además de la relación laboral propia del trabajo desarrollado dentro del mismo servicio municipal, ambos técnicos mantienen intereses comunes en el exterior, como se conoce públicamente, coparticipando en el accionariado de sociedades y compartiendo instalaciones para el desarrollo de sus profesiones y negocios, lo que puede explicarla existencia de una presunta connivencia.

La resolución dictada por el Alcalde fue la desestimar la recusación presentada "puesto que no se acredita que la actuación de los recusados vulnere la objetividad o neutralidad exigible, predeterminando la conclusión final del procedimiento"

(Continuará...)