jueves, 20 de marzo de 2014

LOS MÁS VISITADOS (II)

Visitado en 438 ocasiones, hoy reproducimos el artículo publicado el 24 de mayo de 2012.



El cerramiento de parcela.

Creíamos haberlo visto todo en este proyecto

Así, hemos denunciado una falsa planta sótano, una planta primera que es ilegal, que la planta bajocubierta se encuentra por encima de la cubierta, que el edificio levantado tiene más plantas de las permitidas, que el edificio supera la altura máxima permitida, que la cubierta no cumple los parámetros establecidos en la ordenanza, que no se respetan los retranqueos lateral y frontal y que se estaban realizando obras, sin licencia, sobre edificaciones fuera de ordenación existentes en la parcela, lo que ha dado lugar a la apertura de un nuevo expediente de legalización.

A pesar de todo ello, había más. FALTABA EL CERRAMIENTO DE PARCELA.

Todavía nos quedan muchas fuerzas para seguir dando a conocer todo lo relacionado con esta obra; sin embargo, ahora sólo vamos a ofrecer la siguiente fotografía y la norma del P.G.O.U. que regula el asunto que hoy nos ocupa:



ARTÍCULO 83. CONDICIONES ESTÉTICAS. DETALLES. 
CERRAMIENTO DE PARCELAS.



"Por razones de estética, decoro e imagen urbana, en el caso de viviendas adosadas, o en agrupaciones de viviendas pareadas o aisladas que constituyan una unidad visual, incluso en cuanto al prototipo residencial, estará prohibida la modificación de los cerramientos de parcela, no incluidos en el proyecto inicial, o en uno conjunto para su realización simultánea en la manzana o grupo. (Entendemos por modificación los cambios de materiales, altura, color..etc. respecto a los de la unidad)"

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