miércoles, 1 de mayo de 2013

"La unidad visual del conjunto"

El art. 81 del Plan de Ordenación Municipal establece que le corresponde al Ayuntamiento velar por la imagen y la estética que deben guardar las viviendas que pertenecen a un mismo conjunto.

En nuestro caso existe un grupo de 12 viviendas que, organizadas en 6 módulos pareados, conforman un mismo conjunto arquitectónico.

Incluso los servicios técnicos municipales han informado en este sentido: se trata de un mismo grupo de viviendas y, conforme al art. 81, debe guardarse el equilibrio arquitectónico y la unidad visual del conjunto. 


¿ QUE HA OCURRIDO CON EL NUEVO EDIFICIO ?

Lo que también se encuentra denunciado en esta obra es lo siguiente:
  • Con incorporación del nuevo edificio al original ha quedado totalmente destruída la simetría del módulo pareado al que pertenece.
  • Con incorporación del nuevo edificio al original se ha roto la alineación de las viviendas en la Avenida de Castilla (sobresale una distancia superior a los 3 metros)
  • También el cambio de color y de los materiales empleados han roto la unidad de imagen.

¿ QUE HA DICHO EL CONCEJAL DE URBANISMO ?

Él nada. Como ya nos tiene acostumbrados, contesta con un informe del Arquitecto Municipal.


¿ QUE DICE EL ARQUITECTO MUNICIPAL EN SU INFORME?

"Ya existen en este conjunto modificaciones importantes que afectan a los materiales y a los volúmenes, que no han sido denunciados"


NOSOTROS DECIMOS LO SIGUIENTE:
  • La falta de denuncia por parte de terceros no convierte en legal ninguna obra contaria al ordenamiento jurídico. Menos aún, esa obra puede convertir en legales obras posteriores que también infringen la normativa.
  • Al Ayuntamiento le corresponde actuar de oficio y perseguir aquellas actuaciones contrarias a la ley.
  • El Arquitecto Municipal nos tendrá que decir ahora que otras obras se han realizado, cuando se han hecho y con que informe técnico y licencia cuentan.
HEMOS REITERADO LA DENUNCIA Y EXIGIMOS QUE EL AYUNTAMIENTO DICTE UNA RESOLUCIÓN. QUE DICTAMINE SI, TAMBIEN EN ESTE ASPECTO, EL EDIFICIO CUMPLE O NO LA NORMATIVA URBANÍSTICA VIGENTE. 


(Continuará...)