martes, 31 de julio de 2012

Expediente de legalización (II)


Lo que se denuncia en el escrito que nombramos en el artículo anterior es que dentro de la documentación que ahora presenta el promotor se da como legalizada una construcción en base a que se obtuvo licencia en su momento. 

Sin embargo, la realidad es que lo construido (ahora presentado en planos) difiere de lo contemplado en el proyecto conforme al cual se concedió aquella licencia, es decir, la obra realizada no se ajusta a lo autorizado.

Además de la denuncia, en el referido escrito se solicita que se tomen las medidas oportunas para que, tambien en esto, quede subsanada la legalidad urbanística, que es lo que debe perseguir el expediente abierto al efecto.

Presentado el 19 de marzo de 2012, no ha sido contestado hasta el pasado día 28 de junio de 2012. (Habían transcurrido tres meses, a pesar de haber sido solicitada dicha contestación en tres ocasiones por escrito)

El comunicado de contestación lo firma el Concejal Delegado de Licencias, y dice que, emitido informe por los Servicios Técnicos Municipales, “En estos escritos se sigue denunciando situaciones ya tramitadas frente al Juzgado de lo Contencioso. Procede por tanto su archivo en el expediente, al ser la sala la que juzgue los hechos denunciados”

A la vista de ello, al Sr. Concejal hay que decirle lo siguiente: 
  • El recurso contencioso administrativo está interpuesto contra un acuerdo tomado por la Junta de Gobierno Local donde no se contempla el asunto que ahora se discute. Por tanto, no se trata de una situación ya tramitada. 
  • El Ayuntamiento tiene el deber inexcusable de resolver el hecho denunciado, estando obligado a dictar una resolución expresa y motivada. Por tanto, no procede su archivo.
  • El Sr. Concejal no tiene que decir a un juez lo que debe o no juzgar. Por tanto, no tiene por que juzgarse este hecho que no ha quedado recurrido.
Cuando en la contestación se dice "que por los Servicios Técnicos Municipales ha sido emitido el informe", se está haciendo referencia a un informe firmado por el Arquitecto Municipal.
  • ¿Es normal que sea el Arquitecto Municipal el que indique que cuestiones están tramitadas y cuales no en un recurso contencioso administrativo?  
  • ¿No tiene el Sr. Concejal técnicos jurídicos en el Ayuntamiento que puedan asesorarle mejor?

Si esperamos a que el Juzgado vaya a resolver, que no tiene por que hacerlo, nos podemos encontrar que transcurren los plazos de reclamación y ésto se queda como estaba. ¿Era esa la intención de alguien?

El pasado día 20 de julio se ha presentado una instancia en la que, dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde, se solicita la pretendida resolución administrativa. No obstante, quedaría abierta la vía para la presentación de un nuevo recurso contencioso administrativo.


(Continuará...)









sábado, 28 de julio de 2012

Expediente de legalización.

La realización de obras sin licencia sobre edificaciones ilegales existentes en la parcela dió lugar, por último, a la apertura de un expediente para "proteger la legalidad urbanística en razón de las obras que se vienen realizando en la Avda. de Castilla, nº 36"

Así lo vino a denominar el propio Ayuntamiento. Y es que el propietario, aprovechando que levantaba un nuevo edificio (el que contempla la licencia que se encuentra recurrida), ampliaba las obras mucho más allá de lo recogido en el proyecto autorizado.

Dentro de ese expediente se dictó la resolución de dar orden de "suspender inmediatamente la ejecución de las obras no amparadas por licencia municipal" y de hacer una serie de requerimientos al propietario para que quedara restituída la legalidad urbanística, contemplando demoliciones que habían de hacerse para subsanar dicha situación.

Todo esto se ha visto complicado con los asuntos que ya hemos comentado en anteriores artículos. Principalmente, lo relativo a la actuación inspectora del Arquitecto Municipal y el contenido de uno de sus informes, donde afirma hechos que son contrarios a lo documentado oficialmente.

Pero como ésto no termina nunca, también hubo que denunciar que esas obras se habían reiniciado, sin que se hubieran cumplido los requerimientos hechos al propietario; esto es, la presentación de un proyecto de legalización y la obtención de la correspondiente licencia.

El primer proyecto de legalización presentado fue objeto de informe desfavorable por parte de los servicios jurídicos, al no dar completo cumplimiento a los requerimientos formulados. 

Presentado un nuevo proyecto, a primeros del pasado mes de abril fue concedida licencia para "Legalización de ampliación de vivienda unifamiliar"

NO OBSTANTE, con fecha 19 de marzo de 2012 había sido presentado un escrito donde se ponen de manifiesto discrepancias entre la documentación que obra en los archivos del Ayuntamiento y la aportada en el proyecto de legalización que se autoriza

Lo vemos en el próximo artículo. ¡No hay que perderse la contestación del Concejal Delegado de Licencias!


(Continuará...)

lunes, 23 de julio de 2012

"La piscina" y "el porche"

"La piscina" y "el porche" son las edificaciones que completan el conjunto de las cuatro existentes en la parcela, realizadas ilegalmente y que quedaron, más tarde, sujetas al régimen de fuera de ordenación.

"La piscina", pese a contar con una superficie de 32 m2. y estar recogida en el plano de la parcela elaborado por el Catastro, fue ocultada por el promotor, y no fue tenida en cuenta por el Arquitecto Municipal en la redacción del preceptivo informe favorable para la licencia concedida.

"El porche", también sin declaradar y sin ser tenido en cuenta en el estudio realizado por el Arquitecto Municipal, fue, después, identificado por el Ayuntamiento, observando que incumplía el retranqueo obligatorio en la zona trasera de la parcela.

El resumen que podemos hacer acerca de lo sucedido con estas edificaciones ilegales, es el siguiente:

El promotor no las declara cuando presenta el proyecto del nuevo edificio para la obtención de la licencia urbanística.

El Arquitecto Municipal no las tiene en cuenta, aunque es preceptivo conocer la totalidad de lo edificado en una parcela, más cuando se presenta una solicitud de licencia para edificar nuevamente. No es posible estudiar el proyecto sin tener esto en cuenta, aunque solo sea para calcular la edificabilidad total a la que se llega y para ver si la ocupación de parcela queda dentro de lo permitido.

Estas edificaciones son identificadas por el Ayuntamiento meses más tarde, pero fue necesario proceder a su denuncia.

El Arquitecto Municipal estudia el proyecto y lo informa favorablemente sin advertir que se proyectaban obras que, necesariamente, iban a afectar a dos de las referidas edificaciones ilegales.

Las obras sobre estas edificaciones ilegales, no contempladas en el proyecto y, por tanto, sin licencia, comienzan a realizarse. 

Los servicios municipales no se hacen eco de las mismas hasta que no son también denunciadas. Esto a pesar de la controversia que la licencia había generado y de encontrarse recurrida.

Y denunciadas esas obras, el Arquitecto Municipal realiza una visita de inspección y sólo recoge una de ellas en su informe.

Todo ello dió lugar a la apertura de un nuevo expediente, del que terminaremos de hablar en el próximo artículo.


(Continuará...)





miércoles, 18 de julio de 2012

"La sala"


"La sala" es otra de las 4 edificaciones que no fueron declaradas y, por tanto, no incluidas en el proyecto para el que se concedió licencia urbanística.

Para recordar este asunto, hoy también recomendamos la lectura de nuestro artículo"Edificaciones 'desaparecidas' en la parcela", publicado el pasado día 24 de febrero de 2012. 

En la siguiente fotografía (donde apreciábamos "el mirador"), con una flecha de color rojo, se muestra la cubierta inclinada que corresponde a "la sala", es decir, el tejado de "la sala":




Como ocurría con "el mirador", esta otra edificación también cuenta con un volumen considerable y también podía ser vista desde la vía pública. No obstante, el Arquitecto Municipal no tuvo en cuenta su existencia a la hora de informar favorablemente el citado proyecto.

¡Pero ahora un poco de historia!...

En el año 1981 el propietario de esta parcela fue denunciado por la Policía Municipal por realizar obras de "Ampliación de vivienda unifamiliar" "sin licencia municipal". 

Según la documentación que obra en el Ayuntamiento, se le había concedido una licencia, pero se realizaron "obras en exceso", obras que requerían, incluso, la presentación de un proyecto de arquitectura. 

Fue sancionado y obligado a legalizar "la obra realizada en exceso"

Hemos contado esto porque, a lo largo de la tramitación del expediente que nos ocupa, el propietario ha declarado que "Tambien se construyó en aquellos momentos la sala que existe entre la cocina y el mirador y la escalera que salva el patio inglés" 

Es decir, que aprovechando que tenía que legalizar construcciones realizadas sin licencia, levantó este otro edificio actuando, de nuevo, ilegalmente. 

Volviendo a momentos más actuales, podemos volver a señalar lo siguiente: Que se ocultara la existencia de esta edificación en el proyecto y que se ocultaran las obras que se iban a realizar en la misma, no fue óbice para que el Arquitecto Municipal informara favorablemente.

A principios del pasado mes de noviembre fueron denunciadas las obras que, evidentemente, estaban previstas y que, sin licencia, habían comenzado a realizarse. Consistían en desmontar la cubierta inclinada de la sala para convertirla en una azotea transitable, ligada a la primera planta de la edificación original.




(Continuará...)






sábado, 14 de julio de 2012

"El mirador" (continuación)

El Ayuntamiento resolvió, en su día, que no ordenaba la demolición de lo edificado ilegalmente en la parcela porque se había superado, desde su construcción, los cuatro años para acordar la restitución de la legalidad urbanística. 

No obstante, tuvo que dictar despues otra resolución diciendo que la ejecución de nuevas obras en las edificaciones declaradas fuera de ordenación son ilegales e implican que la Administración vuelve a tener el poder de ejercitar las acciones de restauración de la legalidad urbanística.

Es decir, ahora había que proceder a la legalización de todas estas edificaciones, demoliendo lo que no puediera ser legalizado.

"El mirador" no podía legalizarse por incumplimiento del retranqueo obligatorio con las parcelas colindantes; no guardaba la distancia mínima de 3 m. Debería ser demolido, al menos, hasta guardar dicha distancia.

Denunciadas las obras que se estaban llevando a cabo (aportando fotografías al respecto), el Arquitecto Municipal realizó una visita de inspección. 

Pero.... ¡que casualidad!, en el Acta de Inspección no se recogen las obras realizadas en "el mirador"; tampoco se recogen en el Informe realizado a continuación.

Por ello, cabe pensar que dicha omisión podría haberle servido al promotor como argumento para intentar evitar la orden de esa demolición parcial. De hecho, este argumento de no haber realizado obras sobre otra de las edificaciones ilegales ("el porche") fue utilizado por el promotor para intentar no tener que demolerlo. 

Todo ello explica lo que ya habíamos dado a conocer en artículos anteriores: "Escrito de queja" (publicado el 28 de febrero de 2012),  "Otro escrito de queja" (publicado el 2 de marzo de 2012) y "Escrito de denuncia" (publicado el 5 de marzo de 2012)

Estos dos últimos escritos no han sido contestados por el Ayuntamiento, ello a pesar de que dicha contestación ya ha sido reclamada, por escrito, en cuatro ocasiones.


(Continuará...)

viernes, 13 de julio de 2012

"El mirador"

"El mirador" es una de las 4 edificaciones que no fueron declaradas y, por tanto, no incluidas en el proyecto para el que se concedió licencia urbanística.

Para recordar este asunto, recomendamos la lectura de nuestro artículo "Edificaciones 'desaparecidas' en la parcela", publicado el pasado día 24 de febrero de 2012. 

Aquí mostramos una fotografía de "el mirador" tomada al inicio de la obra:


Como puede apreciarse, se trata de una edificación que cuenta con un volumen construido relevante (de unos 25 m2 de superficie)

Se veía, incluso, desde la vía pública. No obstante, el Arquitecto Municipal no tuvo en cuenta su existencia a la hora de informar favorablemente el citado proyecto.

Pero no solo se estaba ocultando esta edificación, tambien se estaban ocultando las obras que en ella se iban a realizar.

Necesariamente (salvo que hubiera sido demolido), "el mirador" quedaría unido al nuevo edificio que se iba a levantar. De hecho, se había proyectado una puerta por la que se saldría del nuevo a un espacio libre; pero este espacio libre no existía porque lo ocupaba "el mirador".

Por tanto, en el proyecto se ocultaba la existencia de esta edificación y se ocultaban las obras que se iban a realizar en la misma.  Lo cual no fue óbice para que el Arquitecto Municipal informara favorablemente y la licencia se concediera.

A principios del pasado mes de noviembre fueron denunciadas las obras que, evidentemente, estaban previstas y que, sin licencia, habían comenzado a realizarse. Consistían en desmontar uno de los muros exteriores de "el mirador" para comunicarlo con el denominado "cuarto de plancha" del nuevo edificio que ya estaba levantado.

¿Que razones pueden existir para actuar de esta manera?
.... lo vemos en el próximo artículo.


(Continuará...)