domingo, 24 de junio de 2012

Detalles muy curiosos (V)

Hoy vamos a hablar de algo que no es solo un detalle, es un descaro.


El artículo 81 del P.G.O.U. "CONDICIONES ESTÉTICAS GENERALES. IMAGEN URBANA" establece que se "podrá denegar o condicionar cualquier actuación en el patrimonio edificado urbano que resulte lesiva para la imagen y forma de la ciudad, es decir contraria a la estética del conjunto, al orden del todo, en una palabra antiestética. Estos condicionantes podrán afectar, a los efectos del volumen del edificio, en el emplazamiento, a su forma de cubierta, a los materiales de su fachada, en cuanto al modo de utilizarlos, a su calidad o a su color"

En la fotografía que a continuación reproducimos hemos marcado en color rojo la parte del edificio que rompe la alineación del conjunto de las viviendas en las que está integrado, y se hace de manera descarada.

Recordamos que esta vivienda forma parte de un conjunto de 12 viviendas, que se disponen en 6 módulos de viviendas pareadas.


¿Lo que queda señalado en la fotografía no tiene nada que ver con lo dispuesto  en el P.G.O.U. ?

¿El volumen del edificio no resulta antiestético?

¿Los materiales de la fachada no rompen la estética del conjunto?

En esta obra todo vale.


(Continuará...)

miércoles, 20 de junio de 2012

Detalles muy curiosos (IV)


Volvemos a recomendar la lectura de nuestro artículo "¿Se amplía la vivienda o se están haciendo dos casas?", publicado el 21 de febrero de 2012. 


Una vez denegada la licencia municipal para el proyecto de edificar una segunda vivienda en la parcela, la propiedad solicitó licencia para levantar el mismo edificio como ampliación de la vivienda original; esta licencia sí fue concedida por el Ayuntamiento.

Hoy nos vamos a detener en una de las modificaciones hechas en el proyecto de la obra, modificaciones llevadas a cabo para justificar el cambio de finalidad que indicamos en el párrafo anterior. 

En la documentación que obra en el expediente administrativo consta la siguiente información acerca de la llamada PLANTA BAJA:

PLANTA BAJA:      (según el primer proyecto)   (según el segundo proyecto)

                          salón comedor   17,20 m2   salón de juegos     15,90 m2
                          cocina              11,75 m2   cuarto de plancha  12,90 m2 
                                     aseo                 2,80 m2    aseo 3                   2,80 m2
                          pasillo 1            3,35 m2       pasillo 1                 3,35 m2
                          escalera            4,65 m2       escalera                  4,65 m2


Pues bién, el cuarto de plancha (antes cocina) cuenta con las mismas instalaciones en ambos proyectos. Desde hace tiempo se encuentra alicatado hasta el techo y en él se aprecia la existencia de una caldera (de la marca Junkers para ser más exactos)

Ahí va el detalle de hoy:


¿Por esta rejilla se dará salida a los vapores de la plancha?




(Continuará...)

domingo, 17 de junio de 2012

Detalles muy curiosos (III)


El arte de la arquitectura convertido en el arte del birlibirloque.

La magia de algunos técnicos ha conseguido que haya que subir desde la calle para acceder a un sótano






El truco tiene su explicación. Si se dice que la planta baja es una planta sótano, ésta no se tiene en cuenta en el número máximo de plantas que puede llegar a tener el edificio, que son 2. Tampoco se tienen en cuenta los metros construídos a efectos de edificabilidad.

Recomendamos la lectura de nuestros artítulos "Esto no es una Planta Sótano", publicado el 17 de marzo de 2012, y "El sótano", publicado el 14 de mayo de 2012.

Como ya hemos dicho en anteriores ocasiones, todos los puntos de la base de esta planta se encuentran por encima de la rasante del terreno, esto es, no se ha excavado ni un sólo centímetro para construir este sótano.

El Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua define así el término sótano: "Pieza subterránea, a veces abovedada, entre los cimientos de un edificio".


(Continuará...)

miércoles, 13 de junio de 2012

Detalles muy curiosos (II)

Hoy recomendamos la lectura de nuestros artículos "La Planta Bajocubierta del proyecto", publicado el 28 de marzo de 2012, y "Seguimos con la llamada Planta Bajocubierta", publicado el 1 de abril de 2012.


El proyecto de la obra contempla la construcción de una planta bajocubierta, y así queda aprobado en la licencia urbanística otorgada por el Ayuntamiento.

Como ya expusimos en los artículos que hemos recordado, esta planta se encuentra situada por encima de la cubierta máxima que autoriza el P.G.O.U

Ello da lugar a que este espacio debe contemplarse como una planta más del edificio, pero ésto sería también ilegal porque el edificio sólo puede tener dos plantas.

Para justificar que todo está bien hecho por parte del Ayuntamiento, se han realizado las siguientes afirmaciones:

"Esta superficie corresponde a la escalera de acceso a la cubierta, no siendo por tanto habitable y sí de mantenimiento de la cubierta e instalaciones planteadas en la misma" 
(Acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 5 de julio de 2012, según informe del Arquitecto Municipal)

"Se proyecta una planta bajo cubierta fuera de la O.06. Falso: Se trata de un torreón de acceso a la cubierta plana de la ampliación, con alojamiento de instalaciones, en el que la mayor parte de la planta no es pisable"
(Informe del Arquitecto Urbanista de fecha 14 de septiembre de 2011)

"En función de ese criterio "muy particular" argumentan el exceso de altura, el número de plantas, llegando a afirmar que dispone de cuatro plantas con el espacio bajo cubierta, que en este caso es tan solo, la escalera de acceso a la cubierta plana planteada"
(Informe del Arquitecto Municipal de fecha 10 de octubre de 2011)


La obra casi se encuentra terminada. A continuación, reproducimos la siguiente fotografía: 


¿Queda desmentido lo que los técnicos municipales han afirmado al respecto?


(Continuará...)

domingo, 10 de junio de 2012

Detalles muy curiosos.

Hoy recomendamos la lectura de nuestro artículo "¿Se amplía la vivienda o se están haciendo dos casas?", publicado el pasado día 21 de febrero de 2012



En la fotografía que reproducimos a continuación puede apreciarse que existen dos antenas de televisión instaladas en la parcela. 

La antena que aparece a la derecha de la imagen está situada en la cubierta del edificio original. Se encuentra allí desde antes del comienzo de las obras del nuevo edificio. Se supone que ha estado dando servicio de recepción de señal de TV a la vivienda original. También se supone que lo sigue y seguirá dando.

La antena que aparece a la izquierda de la imagen ha sido instalada recientemente y se encuentra en lo alto del nuevo edificio. Cabe pensar que esta nueva antena dará servicio de recepción de señal de TV a este edificio, con independencia de lo anterior.






¿Existen 2 antenas porque, en realidad, existen 2 viviendas? 


(Continuará...)


martes, 5 de junio de 2012

El Defensor del Pueblo.

Hoy nos hemos dirigido al Defensor del Pueblo pidiéndole que intervenga, en relación con los escritos que el Ayuntamiento tiene sin contestar.


Nos estamos refiriendo a los escritos que hemos dado a conocer en las dos últimas publicaciones, cuya contestación hemos reclamado reiteradamente.

En el mes de octubre pasado ya recurrimos a esa Institución; entre otras cosas, por la falta de contestación al Recurso de Reposición que se había presentado, solicitando que se instara al Ayuntamiento a que resolviera el mismo de manera expresa y motivada, esto es, que se pronunciara.

Podemos decir que en aquella ocasión, al menos, el Ayuntamiento contestó.


Pero hoy nos seguimos haciendo la misma pregunta:
  • Si se ha actuado correctamente, ¿por que no se contesta?


(Continuará...)

domingo, 3 de junio de 2012

El Ayuntamiento no contesta (II)


El Ayuntamiento no contesta.

Parece que no hay manera de que el Ayuntamiento de contestación a varios escritos que tenemos presentados.



Hoy vamos a hacer mención a un escrito presentado el pasado día 19 de marzo de 2012.

En el expediente para la legalización de las obras que se llevan a cabo en la Avd. de Castilla número 36, motivado por la realización de obras sin licencia sobre edificaciones ilegales existentes en esa parcela, se da por buena una documentación sobre un garaje que no coincide con la existente en el propio Ayuntamiento, es decir, que es distinta a la que sirvió para la concesión de la licencia para la realización de dicho garaje. 

Por ello, el pasado día 19 de marzo de 2012 se presentó un escrito solicitando que se tomaran las medidas oportunas para la restitución de la legalidad urbanística vigente.

Dicho escrito, a pesar de su antigüedad, no ha sido todavía contestado  por el Ayuntamiento.  

Todo ello, a pesar de que hemos solicitado su contestación, por escrito,  en dos cocasiones: lo hemos hecho el día 11/05/2012 y el día 01/06/2012.

Si se ha actuado correctamente, ¿por que no se contesta?


(Continuará...)

viernes, 1 de junio de 2012

El Ayuntamiento no contesta.

Parece que no hay manera de que el Ayuntamiento de contestación a varios escritos que tenemos presentados.




Hoy vamos a recordar el Escrito de Queja y el Escrito de Denuncia que fueron presentados el pasado 28 de febrero de 2012.


Vinieron motivados por una actuación inspectora llevada a cabo por el Arquitecto Municipal y por el contenido de un informe redactado por este mismo funcionario.


Ambos escritos han sido comentados en este blog. Los dimos a conocer en nuestro artículo titulado "Otro Escrito de Queja", de fecha 2 de marzo de 2012, y en nuestro artículo titulado "Escrito de Denuncia", de fecha 5 de marzo de 2012, respectivamente.

Ninguno de estos dos escritos, dirigidos al Ilmo. Sr. Alcalde, han sido contestados por el Ayuntamiento. 

Todo ello, a pesar de que hemos solicitado dicha contestación en varias ocasiones por escrito: lo hemos hecho el día 20/04/2012, el día 11/05/2012 y hoy 01/06/2012.

Si se ha actuado correctamente, ¿por que no se contesta?


(Continuará...)